Tarea 2. Fuentes del Dercho
- FUENTES DEL DERECHO.
¿Qué son las Fuentes del Derecho?
Son los actos, eventos y tradiciones pasadas que sirven para la creación, modificación o extinción de las normas jurídicas, es decir, las leyes. Existen tipos de fuentes que son las siguientes:
A continuación te mostraré los tipos más importantes de las Fuentes del Derecho que existen:
Las Fuentes Históricas:
Son los acontecimientos, documentos, obras literarias, tratados científicos o testimonios, de carácter jurídico o no, que evidencia cómo los pueblo o comunidades se organizaban y establecías normas, también vestigios que en un momento encerraron una norma o ley jurídica y que le sirve al legislador para crear nuevas leyes, es decir, se trata de los documentos heredados del pasado que contienen información relevante sobre la materia jurídica o las leyes de su momento, incluso si se trata de culturas antiguas y extintas.1
Por ejemplo:
Las leyes de indias.
El código de Hammurabi.
La declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789, etc.
Son todas aquellos organismos, autoridades, instituciones, hechos, acontecimientos, circunstancias de tipo social político, cultural, económico que tiene como consecuencia la creación de leyes que reconocen o extinguen derechos, normas jurídicas o reglamentos en diferentes ámbitos, tomando en cuneta la realidad social de un país o comunidad para determinar el contenido de una ley de carácter jurídico.
Por ejemplo:
La revolución mexicana que dio origen a los artículos 27 (propiedad y repartición de tierras) y 123 (protección al trabajo) constitucionales
Son textos, documentos y libros en lo que corresponde formalmente la ley, o algunos de sus segmentos, ya sea que se encuentren vigentes o que hayan sido derogadas a favor de otras nuevas. se incluyen también procesos para su elaboración y promulgación. Cada fuente formal está constituida por diversas etapas que se suceden en cierto orden y deben realizar determinados requisitos. El proceso legislativo, que son dos poderes: Legislativo y Ejecutivo, los poderes que intervienen en la elaboración de leyes.
En esta fuente, se clasifica en los siguientes:
JURISPRUDENCIA: “JURIS” derecho y “PRUDENCIA” conocimiento, ciencia, dictar. Conjunto de principios, razonamientos y criterios que los juzgadores establecen Se trata de ordenamiento jurídico que establece cuales son las acciones o conductas prohibidas.
LA DOCTRINA: Es toda la información que esta en los libros, son interpretaciones de las leyes que realiza el juez en caos donde las leyes primarias no resuelven de manera clara los asuntos discutidos y presentar dificultad en la integración e interpretación de estas.2
LA COSTUMBRE: La misma sociedad repite los sucesos frecuentemente durante un lapso prolongado, la norma jurídica surge cuando están reunidos dos elementos: el elemento material y el elemento psicológico. 3
LA LEGISLACIÓN: a través de los órganos del Estado o los poderes públicos se crean y promulgan un conjunto de normativas jurídicas aplicables y organizadas de manera jerárquica.
- 1. La Constitución: en la mayoría de los países la Constitución es el texto de carácter jurídico con mayor relevancia e importancia, ya que que contiene un conjunto de leyes fundamentales que se aplican en un país y de las cuales pueden derivar otras de menor rango o alcance.
- 2. Tratados internacionales: conforman el derecho internacional, y se encargan de regular las relaciones políticas, económicas, sociales y culturales entre los Estados con el objeto de mantener la cooperación, negociaciones y demás relaciones de carácter internacional.
- 3. Leyes formales: son aquellas que autorizan o prohíben ciertos comportamientos o acciones, por ejemplo, los decretos legislativos o ministeriales.
- 4. Jurisprudencia: se refiere a la interpretación de las leyes y normativas que resultan confusas o ambiguas, por lo cual se discuten en el Tribunal Supremo o Tribunal Supremo de Justicia.
- 5. Costumbre: con el menor grado de jerarquía de las fuentes se encuentran las costumbres, entendidas como aquellas conductas que se tornan hábitos sociales o modelos de conductas. Se trata de normas creadas e impuestas por la sociedad, por lo cual el análisis de sus criterios se efectúa a partir de la jurisprudencia y la doctrina.4
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