TAREA 3.
EXTENSIÓN DE VIGENCIA, IGNORANCIA DE LA LEY Y RETROACTIVIDAD DE LA LEY
Dulce Graciela Marmolejo Martínez.
Fundamento de Derecho.
1°B ACO.
Extensión de Vigencia.
Se refiere a una disposición que señala la fecha a partir de cuándo una ley entra en vigencia, por lo que generalmente figura al final del articulado. Es la acción y efecto de extinguir o extinguirse, las leyes.
Desaparición, en el tiempo o en el espacio de las leyes, a causas de cambio de las condiciones ambientales, de modificación en las características de las leyes. Hacer que desaparezcan gradualmente una ley. Caducar una obligación, plazo de la Ley.
Ignorancia de la ley
Es un principio de nuestro derecho, recogido en el Código Civil, y que se limita a declarar que la ignorancia jurídica de una persona no puede ser obstáculo para el cumplimiento de las leyes. Una vez que una vez que ha entrado en vigor, es obligatoria, aún para aquellos que, de hecho, ignoren sus disposiciones. En justificación de este principio de que la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento se ha alegado:
a) que todos tenemos el deber de conocer las leyes;
b) que el legislador, al promulgar las y publicarlas, pone los medios para que podamos enterarnos de ella; y
c) que, como consecuencia de lo anterior, si pudiendo y debiendo conocerlas las ignoramos, nuestra ignorancia es culpable y no puede eximirnos de las sanciones establecidas por las leyes mismas para el caso de incumplimiento.
Es el desconocimiento de la Ley que no exime de su comportamiento ya que se supone su conocimiento por todos los ciudadanos.
Retroactividad de la ley.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en el artículo 14, que a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, a lo sea considerado como el principio de irretroactividad de la ley. La no retroactividad legal se ha consignado en el artículo catorce constitucional como contenido de un derecho público subjetivo derivado de la garantía correspondiente. Ese derecho tiene como obligación estatal y autoritaria correlativa, la consistente en que toda autoridad del estado está impedida para aplicar una ley retroactivamente en perjuicio de alguna persona. Propiedad de algunas normas jurídicas de surtir efectos sobre hechos acaecidos con anterioridad a su promulgación.
Referencias:
tesoem.edu.mx. (2011). FUNDAMENTOS DE DERECHO. 2020, de Tecnológico de Estudios Superiores del Oriente del Estado de México Sitio web: http://www.tesoem.edu.mx/alumnos/cuadernillos/2011.016.pdf
guiasjuridicas.wolterskluwer.es. (2020). Ignorancia de la ley . 2020, de cezanne Sitio web: https://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAMtMSbF1jTAAAUMjC1MDtbLUouLM_DxbIwMDCwNzAwuQQGZapUt-ckhlQaptWmJOcSoA-jVf3jUAAAA=WKE
senado.gob.mx. (2012). aceta de la Comisión Permanente. 2020, de Senado de la República Sitio web: https://www.senado.gob.mx/64/gaceta_comision_permanente/documento/31049
archivos.juridicas.unam.mx. (desconocido). libros. Cap. 2020, de pdf Sitio web: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2149/6.pdf
C.P.C. Alberto Copado. (2018). De Leyes, Reglamentos, Decretos y Reglas de carácter General para Fines Fiscales. 2020, de jpg Sitio web: https://www.google.com.mx/url?sa=i&url=https%3A%2F%2Fwww.soyconta.com%2Fde-leyes-reglamentos-decretos-y-reglas-de-caracter-general-para-fines-fiscales%2F&psig=AOvVaw090v7RDOmmL6MT3FNlKAVJ&ust=1631485634941000&source=images&cd=vfe&ved=0CAkQjRxqFwoTCKjnm-P79_ICFQAAAAAdAAAAABAD
Comentarios
Publicar un comentario